Suspensión de quemas agrícolas y forestales

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Desde el 1 de junio hasta el 16 de octubre

En cumplimiento de lo establecido en la RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2017, de la directora general de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quemas se recuerda, que entre el periodo del 1 de junio hasta el 16 de octubre no se permite la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales.

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